¿Cómo cobrar el seguro de una persona desaparecida?

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Cobrar un seguro de vida de una persona que ha desaparecido es una labor casi imposible. Son contados los casos que sí han podido realizar esta acción.

Hace más de dos años un comerciante de Veracruz fue secuestrado; la suma que los delincuentes pedían por liberar a la persona era tan alta que la familia no pudo conseguir el dinero y entonces perdieron contacto con los secuestradores y de su familiar no volvieron a saber.

El comerciante tenía un seguro de vida. El proceso que el beneficiariode la póliza tuvo que seguir para cobrar la suma asegurada fue extenso, pero al final la aseguradora le entregó la indemnización de aproximadamente dos millones de pesos.

De acuerdo con el Informe Anual 2015 del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, el total de personas no localizadas del fuero común hasta el año pasado fue de 26 mil 898.

Alejandro García, director general de Defensa Segura, destacó que los casos de personas que buscan cobrar un seguro de vida de un familiar que fue privado de su libertad está en aumento.

Del 2014 a la fecha, este despacho de abogados ha resuelto a favor de los beneficiarios de seguros de vida de personas desaparecidas tres casos, uno más se encuentra en proceso y además realiza cada vez más asesorías sobre el tema.

PROCESO TORTUOSO

García explicó que no es un proceso rápido ni fácil. Para lograrlo es necesario que se realice la denuncia ante un Ministerio Público y solicitar a un juez familiar que realice la declaratoria de ausencia, si ésta procede, después las personas pueden solicitar al registro civil de su entidad una carta de presunción de muerte.

Para que este documento se libere, deben pasar desde meses y hasta años en algunos estados. Por ejemplo, en Sinaloa se contemplan tres años, en Sonora dos; en Nuevo León y Durango también tres años.

De acuerdo con una solicitud de acceso a la información a diversas secretarías de gobierno, Durango es la entidad donde más se han emitido actas de presunción de muerte, con 210 casos desde 2014 a la fecha; en Monterrey van 102 desde 2005 a la fecha, en Sinaloa, 17 y en Guerrero, 16.

García detalló que una de las recomendaciones que realizan a las personas que se encuentran bajo esta situación, es que informen a la aseguradora sobre la desaparición del titular del seguro y así la empresa estará informada del por qué se deja de pagar el seguro y también se podrá determinar el tipo de reclamación que procede.

Eloy López, director del despacho Previsión Financiera Integral, resaltó que últimamente uno de los principales cuestionamientos de las personas al momento de comprar un seguro de vida, es cómo los beneficiarios podrían cobrar la suma asegurada si el titular de la póliza es secuestrado y desaparece.

Normativa. De acuerdo con la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, los seguros de vida prescriben cinco años después de que la persona falleció. Es decir, después de este periodo los beneficiarios ya no pueden realizar un trámite para su cobro.

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